Aprueban ley antispam de correos en Rep. Dominicana: Su impacto en usuarios

Gobierno aprueba ley antispam o de correos no solicitados: Detalle de la ley dominicana 310-14 y su impacto.

En el día de ayer, tuvimos un anuncio de trascendencia para los usuarios dominicanos de correo electrónico, ya que finalmente, luego de varios años, se ha aprobado la ley 310-14, que penaliza el spam o envío de correo no deseado o aprobado, de parte de distintas empresas dominicanas.

Esta ley antispam 310-14, que estuvo en consulta en el Congreso Dominicano durante varios años, sin acabar de concretarse, tuvo en meses recientes, lo que parece fue un nuevo “apadrinamiento” de parte del diputado Victor Sánchez. Esta ley que busca penalizar el spam o recepción de correos no deseados en Rep. Dominicana, y ha sido aprobada por el Senado y promulgada por el Presidente este mismo mes.

Ahora bien, según esta ley: ¿Qué es el spam? ¿Qué están penalizando exactamente? Debajo te lo explico.

¿Qué es el spam según la ley dominicana 310-14?

Según esta ley, en resumen, se considera spam lo siguiente:

“Todo mensaje de datos enviado a un número dado de personas, sin haberlo debidamente autorizado, dirigido a la promoción, directa o indirecta, de los servicios o productos de una empresa, persona u organización”.

La clave está aquí en el “debidamente autorizado”, que es lo que ha faltado durante todos estos años: empresas de spam o de envíos de emails masivos, conseguían nuestros correos con distintas técnicas, sin nosotros autorizarlos y sin nuestro conocimiento siquiera, y dentro de poco tiempo comenzábamos a recibir su correo basura promocional.

Es interesante que al presentar esta ley antispam dominicana 310-14, se contemplan motivos de beneficios a los usuarios y de la realidad de la industria digital:

  • Se estima que el 60% del correo que circula en internet, es spam.
  • El Gobierno desea que la población confíe más en los recursos tecnológicos, y el spam no ayuda a crear confianza.
  • Que se desea establecer una protección legal para los usuarios, ante la recepción de los correos no solicitados. Algo necesario, pues los mayores empresarios del spam nunca te sacan de sus listas.
  • Que se considera el envío de correo electrónico de promociones comerciales, un método publicitaria que va en crecimiento.

Unos motivos bastante coherentes, y que al menos, en esta ocasión, se observa que el Congreso / Senado dominicano sirven para ayudarnos en algo.

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En concreto: ¿qué dice la ley antispam dominicana?

Luego de conocer una versión previa, pero reciente, de la ley 310-14 de correos no solicitados o spam, y conocer la ley final aprobada (la puedes ver completa aquí), me atrevo a decir que lo más importante es lo siguiente:

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  • Se establece claramente que el correo spam es cuando el usuario no ha autorizado a la empresa a enviar el correo. Existe un hueco o excepción, que es: “aunque el usuario no haya autorizado el envío de correos de promoción, si existe una relación comercial previa, puede recibirlos los correos“.
  • Todos los correos deben estar debidamente identificados con nombre de empresa, quien lo envía, dirección física y que la dirección de email corresponda con el de la empresa que lo envía. Se evita con esto la publicidad engañosa.
  • Los correos de promoción comercial, deben indicar todos en el subject la palabra “Publicidad”. Importante porque esto afecta todas las acciones de email marketing (no spam) en el futuro.
  • Debe existir un mecanismo efectivo, para que en cualquier momento, el usuario puede darse de baja o salirse de una lista de envío de correos de promoción o publicidad (cuando lo haya autorizado). Las empresas tienen hasta 5 días para ejecutar este cambio.
  • El envío de spam, y más aún, el constante envío de spam por no sacar a un usuario de una lista, se considera como delito informático, sujeto a demandas por daños y perjuicios por el que recibe el spam.

¿Cómo impacta esta ley antispam a los usuarios y al marketing digital en Rep. Dominicana?

Ya conociendo lo que es esta ley antispam o de correos no solicitados dominicanos, me atrevo a decir que el impacto será el siguiente:

  • Los usuarios irritados por el spam, podrán demandar a las empresas que hacen el envío del spam, siempre que recuerden no haber tenido algún contacto comercial previo con ellos.
  • Me queda la duda de si los spammers igual podrán enviar sus campañas, y seguir en esa tarea hasta que alguien los denuncie y sean penalizados. Si me queda claro que si solicitas que te saquen de una lista, luego de 5 días, no vuelves a saber de ese spammer. ¡Un gran avance!
  • Empresas dominicanas que se valían 100% en envíos de spam o correos no solicitados, se verán muy limitadas en términos de promoción y serán forzadas a buscar nuevos métodos.
  • En general, las marcas comenzarán a ver la importancia del marketing digital de inbound, de la captación de contactos de correos electrónicos de sus clientes (sea online u offline), para con eso poder hacer email marketing dentro de la ley.
  • Por esto último, dejaré de ver tantas campañas de publicidad online que caen en una red social, y comenzaré a ver campañas enfocadas en páginas de landing, donde al menos se solicite el correo de un interesado.
  • Veremos un mayor desarrollo del email marketing a nivel de opt-in, y de las marcas conociendo herramientas como MailChimp, Constant Contact, Aweber, etc.

Seguro hay otros aspectos que se verán impactados, a nivel de usuario y de empresas, y quiero que me compartas tu opinión o aporte, con un comentario debajo.

 

Consultor y Bloguero en Dalealaweb.com. Trabajo con marketing online en Rep. Dominicana, y aquí analizo sobre noticias o acciones de impacto en la industria local.

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